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Ley de Adopción en Uruguay 
jueves, septiembre 11, 2008, 03:16 PM - Novedades del mes
El 16/07 el Senado uruguayo dio media sanción al Proyecto de Ley de Adopción que elimina barreras discriminatorias que prohibían adoptar a hogares monoparentales y parejas del mismo sexo.

Tras convertirse en el primer país de América Latina que reconoce a nivel nacional a las familias de la Diversidad, con la aprobación de la Ley de Unión Concubinaria, Uruguay da un paso más al permitir a esas uniones, y a las personas solteras que así lo deseen, a adoptar niñas y niños.



La Ley prevé la activa intervención del Instituto del niño y adolescente de Uruguay a fin de garantizar una mirada no discriminatoria en los trámites de adopción, poniendo en primer lugar los derechos de los niños y las niñas, consagrados en diversos tratados y Convenciones de Derechos Humanos a nivel internacional.
La iniciativa, de la bancada oficial, obtuvo 17 votos favorables sobre 25 legisladores presentes y pasó a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

Antes, fue rechazada una propuesta del Partido Nacional, que apuntaba a impedir la adopción por parte de parejas integradas por personas del mismo sexo.

Las modificaciones apuntan a reducir los plazos en los procesos de adopción y facultan al Instituto del Niño y el Adolescente para que intervenga en forma exclusiva en esa materia.

"Cuando se apruebe esta iniciativa se garantiza que el niño nunca estará institucionalizado por un período prolongado", dijo Margarita Percovich, senadora del Frente Amplio, y agregó que los recién nacidos deberán ser entregados a la familia adoptiva antes de los 45 días y los mayores de dos años en 90 días.

Los opositores cuestionaron la entrega de niños en adopción a familias homosexuales, por considerar que "el ambiente en el que se cría y se desarrolla el niño lo va a condicionar", sostuvo el senador Francisco Gallinal.

También cuestionaron que se faculte al Instituto del Niño para decidir en temas de adopción y se le quiten potestades a la justicia y al Movimiento Familiar Cristiano, "que tiene trayectoria, conocimiento y realiza una labor fundamental desde hace muchos años", consideró el senador Carlos Moreira.

Informe de sentidog.com

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URUGUAY AVANZA 
jueves, septiembre 11, 2008, 03:11 PM - Novedades del mes
El Parlamento uruguayo envió al Poder Ejecutivo el proyecto de regularización de unión concubinaria que habilita la unión entre personas del mismo sexo.

En la última sesión del año, la cámara de Senadores aprobó a las 16:20 horas el proyecto de Unión Concubinaria que otorga los mismos derechos del matrimonio, salvo la adopción como pareja, a quienes hayan convivido durante 5 años.

La votación fue rápida y tuvo 17 votos a favor y 5 en contra y transforma así a Uruguay en el primer país Latinoamericano y Caribeño en otorgar mismos derechos a nivel nacional.

Tras la polémica que se generó en ambas cámaras, el proyecto de Unión Concubinaria fue finalmente aprobado por el Senado. Luego pasó a Diputados, donde se le efectuaron modificaciones, razón por la cual el Senado debia volverlo a considerar para darle la aprobación final.

Como ya fue largamente discutido, los senadores solo se limitaron a aceptar las modificaciones.
En lo medular, el texto establece que la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en concubinato genera derechos y obligaciones, inclusive para parejas de igual sexo. Lo que deben hacer quienes quieran adherirse a la misma es presentarse ante un juez de familia.
Las parejas tendrán derechos y obligaciones concernientes a la asistencia recíproca, la creación de sociedad de bienes, los derechos sucesorios y el cobro de pensiones por fallecimientos, entre otros.

En ese sentido, el artículo 20 dispone que las “concubinas y concubinos gozarán de todos los derechos y obligaciones de la seguridad social
“Las uniones homosexuales pasarán a tener los mismos derechos y obligaciones que los matrimonios heterosexuales con respecto a las pensiones, la guarda de los hijos en común, la compra y la sucesión de bienes”, explicó la senadora Margarita Percovich.
En caso de ruptura, y si no hubiera problemas de violencia doméstica, continuaría este compromiso económico por un tiempo que no puede superar el tiempo de la unión.

Aquellos concubinos que quieran registrarse como tales podrán hacerlo en el Registro Civil, y desde ese momento el deber de fidelidad mutua quedará vigente mientras permanezcan en la misma casa. En caso de arrepentimiento, habrá mecanismos para disolver legalmente la unión.

Normas

En el texto se establece que la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en unión concubinaria genera derechos y obligaciones, cualquiera sea el sexo.

Los concubinarios están obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo a su respectiva situación económica. Una vez disuelto el vínculo persiste la obligación de auxilios recíprocos durante un período subsiguiente no mayor al de convivencia. Presentada una demanda de alimentos, la parte demandada podrá excepcionarse cuando la demandante haya sido condenada por la comisión de un delito en perjuicio de ésta o sus parientes hasta en tercer grado en línea descendente, ascendente o colateral.

El reconocimiento inscripto de la unión concubinaria dará nacimiento a una sociedad de bienes sujeta a las disposiciones que rigen la sociedad conyugal.


* Agradecimiento especial a Adrián Russo de las Hermanas de la Perpetua Indulgencia por el detallado informe
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